Caso ERE

La Fiscalía de Sánchez pide revisar las condenas de 8 de los 12 socialistas condenados por el caso ERE

La Fiscalía del TC apoya revisar las condenas por prevaricación pero no las impuestas por malversación, lo que beneficiaría a ocho condenados pero perjudicaría a Griñán

El dinero perdido de los ERE: las sentencias sólo reconocen 60 de los 692 millones que reclama la Junta

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David García de Lomana

La Fiscalía del Tribunal Constitucional (TC) ha dado a conocer sus alegaciones a los doce recursos presentados por otros tantos condenados por el caso ERE, entre ellos los ex presidentes socialistas andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán. El Ministerio Público apoya revisar las condenas por prevaricación pero no las impuestas por malversación, lo que beneficiaría a ocho condenados pero perjudicaría a Griñán, ya que fue el segundo delito lo que le condenó a seis años de cárcel, si bien la pena quedó suspendida por motivos de salud. La sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla y confirmada por el Tribunal Supremo impuso a Chaves nueve años de inhabilitación por prevaricación, pero no fue condenado por malversación, lo que le permitió eludir la pena de prisión, de modo que si los argumentos de la Fiscalía prosperan sería uno de los beneficiados.

En sus informes, la Fiscalía del TC sostiene que «la eventual revisión de penas sólo debe afectar al delito de prevaricación en relación con la elaboración y aprobación de los anteproyectos de ley de presupuestos», según ha informado el Ministerio Público.

Para el Ministerio Fiscal, ambos tribunales -Audiencia y Supremo- hicieron una interpretación excesiva del delito de prevaricación por tratarse del ejercicio de la iniciativa legislativa. «Aparte de no producir por sí misma más efecto jurídico que, precisamente, el de iniciar el procedimiento legislativo, resultando por tanto inescindible de los aspectos reglados o del procedimiento que rige su preparación y formalización, presupondría introducir un control de la jurisdicción penal respecto de la forma e incluso el contenido de dicha iniciativa legislativa», explica la Fiscalía.

En consecuencia, entiende que el razonamiento judicial empleado hasta ahora conduce a «una consecuencia incompatible con los principios constitucionales de separación de poderes y autonomía parlamentaria, y también, desde la misma perspectiva del principio de legalidad penal, con los principios de intervención mínima y ultima ratio que delimitan el marco constitucional de aplicación del Derecho Penal».

No obstante, el Ministerio Público aclara que la eventual revisión de las condenas por prevaricación debería limitarse a la elaboración y aprobación de dichos anteproyectos de ley, por lo que propone una estimación parcial de los recursos en ese sentido, descartando el resto de motivos alegados para tumbar las condenas por ese delito.

No se vulnera la presunción de inocencia

A este respecto, recuerda que en todos los casos la condena por prevaricación abarcaba también la elaboración y aprobación de modificaciones presupuestarias para las que eran competentes el Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma o sus consejeros, «cuya subsunción en el tipo penal del artículo 404 del Código Penal como resoluciones en asunto administrativo no presenta ninguna objeción de naturaleza constitucional».

En consecuencia, pide revisar únicamente las condenas por prevaricación en lo referido a la elaboración y aprobación de los presupuestos autonómicos pero mantenerlas en lo relativo a estas modificaciones posteriores.

Por otro lado, el Ministerio Público pone el foco en el delito de malversación. Aquí, la Fiscalía interesa rechazar todos los recursos que alegan una «lesión del derecho a la legalidad penal» por este ilícito. Se opone igualmente a perdonar por una supuesta «vulneración del principio de presunción de inocencia por inexistencia de una prueba de cargo suficiente para la condena» e «insuficiencia o irracionalidad de la fundamentación fáctica o jurídica de las sentencias de instancia y casación».

En concreto, echa por tierra el argumento de que el Tribunal Supremo habría introducido de forma sobrevenida «elementos fácticos perjudiciales para los acusados que no se hallaban en la sentencia de la Audiencia de Sevilla, o en la vulneración de la presunción de inocencia y el derecho al honor que algunos recurrentes atribuían a la decisión del Alto Tribunal de anticipar y difundir públicamente el fallo de la sentencia de casación antes de la completa publicación de su contenido».

Ocho condenados por malversación

Cabe recordar que, de los doce altos cargos de la Junta socialista de Andalucía que acudieron en amparo al Constitucional, todos fueron condenados por prevaricación, pero sólo ocho también por malversación.

Manuel Chaves, la ex ministra socialista Magdalena Álvarez, el ex consejero de Presidencia Gaspar Zarrías y el ex director general de Presupuestos Antonio Vicente Lozano fueron condenados a nueve años de inhabilitación por prevaricación. En sus casos, la Fiscalía propone estimar parcialmente sus recursos.

Los otros ocho también fueron condenados por malversación: José Antonio Griñán, los ex consejeros de Empleo Antonio Fernández y José Antonio Viera, el ex director general de Trabajo Juan Márquez, el ex director general de la Agencia IDEA Miguel Ángel Serrano, la ex viceconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el ex consejero de Obras Públicas, Transporte, Innovación, Ciencia y Empresa Francisco Vallejo y el ex vicenconsejero Jesús María Rodríguez.

De ellos, la Fiscalía solicita rechazar totalmente los recursos presentados por Serrano, Márquez y Fernández, inadmitir directamente el de Viera y estimar parcialmente los demás.

Aunque un total de doce condenados por el caso ERE acudieron en amparo al Constitucional, sólo ocho solicitaron al TC suspender su ingreso en prisión de forma cautelar: Griñán, Márquez, Serrano, Fernández, Vallejo, Rodríguez, Viera y Martínez Aguayo.

La corte de garantías lo descartó por unanimidad, si bien Griñán desistió antes dado que la Audiencia de Sevilla ya había paralizado su entrada en prisión a cuenta de su cáncer de próstata.

En cuanto a los siete restantes, todos se encuentran en la cárcel menos Márquez, que mantuvo la medida cautelar a pesar de que el tribunal sentenciador tomó la misma decisión que con Griñán, después de que el Supremo redujera su pena de prisión a tres años.

Recuperar «hasta el último euro»

La Junta de Juanma Moreno ha puesto el foco en «recuperar hasta el último euro defraudado» con los ERE, tal y como ha defendido este lunes, tras el pronunciamiento del TC, el portavoz del Gobierno andaluz, Ramón Fernández-Pacheco. Sobre la decisión judicial, ha señalado que la Junta «no está para cuestionar las decisiones» acerca de las medidas que «adoptan otros poderes del Estado».

A preguntas de los periodistas en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno, Fernández-Pacheco se ha reafirmado en el deseo del Ejecutivo autonómico de recobrar hasta «el último céntimo defraudado por parte de la administración socialista de la Junta de Andalucía» para que pueda ser destinado a «financiar los servicios públicos». De momento, las sentencias sólo reconocen 60 de los 692 millones que reclama la Junta de Andalucía de Juanma Moreno.

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